Se ha publicado la resolución que regula el proceso de admisión del alumnado a nuestro centro (DOCM 15/04/2024), de la que extraemos la información más relevante:
PLAZOS: El plazo de presentación de solicitudes es desde hoy mismo hasta el 16 de mayo.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
La solicitud aparece como anexo I en la resolución, y se puede descargar aquí:
Se puede presentar:
- Presencialmente, en el conservatorio (9 a 14h).
- También en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud es remitida por correo, se presentará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la oficina de Correos.
- De forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es/tramites/
1011637.
Se podrá presentar una única solicitud, que irá dirigida al centro docente para el que se solicita la admisión. Las solicitudes de admisión de los alumnos menores de edad deben ser firmadas por el padre y la madre del alumno, o en su caso, por los tutores legales; en caso de que sólo firme uno de ellos, se deberá justificar la circunstancia.
Los SUPUESTOS DE ADMISIÓN contemplado son:
a) Acceso mediante prueba. Para iniciar los estudios en 1º de Enseñanzas Elementales es necesario cumplir de 8 a 12 años en 2024; consultar la resolución para otros supuestos
b) Traslado de centro. A estos efectos, se considerará que hay traslado de centro si hay continuidad en las enseñanzas elementales o profesionales de música. El alumnado que haya permanecido sin matricular al menos un curso deberá participar, en todo caso, mediante prueba de acceso.
c) Reingreso en el mismo centro. Se considerará alumnado de reingreso aquel que haya permanecido sin matricular en las enseñanzas elementales o profesionales de música durante un periodo mínimo de un curso académico y máximo de dos cursos, y desee reiniciar sus estudios en el mismo centro donde estuvo matriculado por última vez.
d) Cambio de especialidad en el mismo centro para el siguiente curso.
e) Simultaneidad de especialidades.
No se podrá acceder a un curso de la misma enseñanza y especialidad que haya sido superado en cualquier conservatorio.
ABONO DE IMPORTES:
a) En enseñanzas elementales NO es necesario hacer un pago, hasta que se confirme la obtención de plaza. Los precios públicos correspondientes se abonarán cuando se formalice la matrícula.
b) Tampoco será necesario el pago en los casos de traslado y reingreso, tanto en Enseñanzas Elementales como Profesionales.
c) En enseñanzas profesionales, previo a la presentación de la solicitud, el solicitante deberá realizar un ingreso utilizando el modelo 046 que se podrá cumplimentar en este enlace. La tasa ordinaria son 40€; se pueden consultar exenciones en el punto octavo de la resolución.
- Indicar “Consejería de Educación y Deportes”, y como órgano gestor “Servicios Centrales Educación, Cultura y Deportes” (el código territorial será el EC0001)
- El concepto será 2032: “Precio público de enseñanza de idiomas, música, danza y diseño”
- La fecha de devengo será la de cumplimentación del modelo.
- En el apartado “descripción”, se hará referencia al concepto exacto para el tipo de enseñanza a la que se quiere acceder y practicar autoliquidación. En este apartado se deberá indicar si le es aplicable alguna de las bonificaciones o exenciones reconocidas.
La falta de justificación del pago del precio público por parte de los solicitantes que deban realizar prueba de acceso determinará la exclusión del proceso de admisión.
La orden que regula las tasas se puede consultar aquí.
Se puede ampliar la información en http://www.educa.jccm.es/es/
y en estos dos apartados de la web:
https://www.torrejonyvelasco.
https://www.torrejonyvelasco.