Educación Secundaria Obligatoria

La Consejería de Educación establece que el alumno que cursa simultáneamente Enseñanzas Profesionales y ESO puede convalidar la música, y estar exento de la asignatura optativa, en cualquier Instituto.

La Orden de 13 de septiembre de 2024 (la más reciente en cuanto a convalidaciones; ver el enlace más abajo), especifica las siguientes posibilidades:

Música de 1º y 2º de la ESO (las dos) Instrumento principal de 1EP
Música de 4º de la ESO Instrumento principal de 2EP
Optativa de cualquier curso Cualquier asignatura de EP con carga horaria mínima de una hora semanal

 

La música se puede “convalidar” por el instrumento si éste ha sido ya cursado, o “simultanear” si se está cursando a la vez (por ejemplo, si se está en 1º de la ESO y en 1º de Enseñanzas Profesionales).

El centro cuenta con un Programa de Horarios Integrados, donde se aprovechan estas convalidaciones para dar algunas clases del conservatorio, en horario de mañana, en el instituto nº6 “Bernardino del Campo” (enlace).

Normativa de convalidaciones

  • Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato (BOE 28/02/2009).
  • Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato […] (BOE 18/01/2023)
  • Orden 155/2024, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el régimen de convalidaciones y exenciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato (DOCM 24/09/2025)